Las redes sociales se han convertido en un escenario muy utilizado para la comisión de cierto tipo de delitos debido, entre otras cosas, a la reducida capacidad estatal de control sobre estos medios de comunicación y a la impunidad con la que se puede actuar en estas redes. Esto sucede en Europa, en Estado Unidos y, desde luego, sucede también en Bolivia.
Esta situación ha determinado que diversos estados planteen la necesidad de incorporar en sus legislaciones normas que regulen la utilización de las redes sociales para evitar la comisión de determinados tipos de delito. La Unión Europea, y por separado algunos de sus miembros como España y Alemania, está trabajando en una norma destinada a este tema y en Latinoamérica, Chile, Colombia, México, Argentina y Uruguay, también se encuentran en diferentes etapas del análisis legal de esta situación.
Estados Unidos ha ido mucho más allá, ya que a título de su lucha contra el terrorismo, está en plena discusión de una ley que le permita registrar todas las actividades de las redes sociales y utilizarlas luego como medio de prueba en procesos judiciales.
Evidentemente existe un problema, o más bien varios de carácter legal, en el uso de las redes sociales. La suplantación y el robo de identidades; se menciona que cerca al cincuenta por ciento de los usuarios de “Facebook” tienen identidad falsa. Es posible que en otras redes como el “Twitter” suceda algo parecido. Otros ilícitos frecuentes se presentan con relación al derecho al honor, al nombre y a la imagen, derecho a la privacidad y a la intimidad de las personas, derechos que son violados impunemente a través de estas redes.
Y aquí obviamente nos vamos a plantear un tema fundamental, los límites de la libertad de expresión y los derechos antes mencionados de las personas. Quién establece ese límite, quién lo controla y cómo se sanciona, son aspectos que deben quedar claramente definidos para garantizar el ejercicio de los derechos, tanto de expresión, por una parte, como los del honor, la dignidad y la privacidad de las personas.
Hay que agregar que no estamos descubriendo nada nuevo, estamos hablando de delitos tipificados en nuestro ordenamiento penal y que tienen una sanción establecida, lo que se presenta novedoso son los medios a través de los cuales se los comete. Nuestro Código Penal data de la década del setenta y su procedimiento fue actualizado a fines del siglo pasado, cuando las redes sociales no existían ni se imaginaba su existencia y cuando el internet, no sólo en nuestro país, sino en el mundo entero, era recién una novedad tecnológica y apenas estaba dando sus primeros pasos, entonces obviamente no se podía vislumbrar el futuro de las comunicaciones y menos plantear normas casi en el campo de la ciencia ficción.
Sin embargo, la legislación existe y debe servir para sancionar a quienes cometan delitos a través de cualquier medio. Si alguien calumnia, difama o injuria, debe ser sancionado, sin importar dónde lo haga o en qué forma, y sin importar tampoco a quien se dirija, es decir, quién sea la víctima; si lo hace directamente o a través de cualquier medio es igualmente un delincuente y la justicia no puede hacerse de la vista gorda por la novedad o el desconocimiento del medio a través del que se delinque.
Tampoco sería adecuado considerar a favor de quienes cometen delitos a través de las redes sociales o de internet ningún fuero especial, como el que arbitrariamente se otorga a quienes incurren en la comisión de estos delitos a través de los medios de comunicación social, ni crear ninguna jurisdicción especial. Es evidente que existen serias limitaciones, principalmente tecnológicas, para la investigación y la persecución de estos delitos, pero ese no puede ser un argumento para mantener la impunidad a estos delitos. Las leyes existen solo hay que aplicarlas y si no se lo hace alguien tiene que asumir esas responsabilidades por omisión.
Las empresas que manejan las redes ya han empezado a tomar sus propios recaudos, como “Twitter”, por ejemplo, que ha determinado censurar los twetts de acuerdo a la legislación de cada país e incluso ha bloqueado ya hace unos días mensajes considerados racistas en Alemania. Otras redes sociales también han anunciado el diseño de políticas que les permitan ponerse a cubierto de estas situaciones y no convertirse en cómplices ni encubridores en la comisión de dichos delitos.
Una saturación de leyes, crear nuevas normas para temas ya legislados, no suele ser el camino más adecuado para preservar y defender los derechos de los ciudadanos, suele ser más conveniente revisar las normas ya existentes, actualizarlas si se considera preciso, pero fundamentalmente exigir su cumplimiento por quienes están llamados por la propia ley a hacerlo.
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