Des judicializar el Neo colonialismo
2012-03-21 23:55:18
por: Eduardo Rodríguez Veltzé*

 

 

La inversión de los términos del título de esta nota es deliberada, no se trata de una reflexión sobre la “descolonización de la justicia”, una frase que acompaña frecuentemente los cambios del marco jurídico constitucional y la conformación del nuevo Órgano Judicial. Prefiero, esta vez, aislar el concepto de “justicia” de las prácticas de colonización o judicialización.

 

Si ensayamos una noción de justicia como una expresión de equidad, como una virtud de las personas, de los pueblos y de las propias instituciones, que incluso va más allá de los textos legales y tiene relación con actitudes o prácticas de solidaridad y caridad afines a las cosmovisiones de cada sociedad, que son intrínsecamente ajenas a la manipulación del poder con fines utilitaristas personales o corporativos y a prácticas de venganza, podremos identificar una serie de situaciones que desfiguran el valor “justicia”.

 

En Bolivia, desde la imposición abusiva del derecho colonial por los conquistadores, pasando por las cuestionadas formulaciones legislativas republicanas y terminando en los recientes cambios al marco jurídico constitucional, se advierte como costumbre colonialista (y por supuesto con diferentes intensidades), la presencia abogadil foránea, los eternos sabios y jurisconsultos extranjeros que asisten en la inspiración y redacción de nuestras leyes.

 

Los jueces de la corona y los oidores formularon extensos tratados (muchos en latín) sobre las virtudes de legislación indiana. Los presidentes Santa Cruz y Banzer promulgaron sendos paquetes de legislación codificada que llevan sus nombres. Estuvieron inspirados - los primeros en la legislación napoleónica y los últimos en los códigos italianos-.

 

Con el advenimiento de la democracia no estuvimos ajenos a las corrientes de asistencia técnica legislativa en materia judicial que llegó del norte. Ésta venía teñida de los intereses de las potencias que paternalmente alentaban nuestra maduración democrática. Por ejemplo, consentimos y todavía mantiene plena vigencia, una legislación sobre sustancias controladas aprobada en una sola sesión de emergencia hace 24 años. Disposición ajena a una política criminal (todavía inexistente) compresiva e informada.

 

Seguimos la corriente regional de adoptar instituciones “a la europea” que en teoría debían fortalecer el estado de derecho, el control de la constitucionalidad y la eficiencia judicial. No reparamos entonces, y tampoco en la última Asamblea Constituyente que éstos diseños antes y ahora no se correspondían con el modelo de Estado, con su naturaleza plurinacional, descentralizada y con autonomías y menos con la adopción del principio del pluralismo jurídico. El insuperado afecto por recurrir a juristas internacionales (eminencias, comisiones y otros no tan célebres) en tareas codificadoras, litigios internacionales, asistencia técnica legislativa y otros menesteres vinculados con la producción normativa y la aplicación del Derecho y los derechos, contrasta con la incapacidad de establecer espacios o comisiones codificadoras más plurales y mejor informadas, con soporte institucional de todos los órganos de poder público y con la participación ciudadana organizada, con institucionalidad sostenible y sin prisas por términos o plazos que limitan la reflexión y producción de políticas y normas adecuadas y eficientes.

 

Otra expresión del colonialismo tiene relación con la excesiva judicialización de los asuntos privados y públicos. ¿Cuan imprescindible es que una serie de actuaciones de interés ciudadano y estatal pasen por los congestionados despachos judiciales, o bien cuan eficientes serán los jueces en proveer soluciones a problemas cuya salida no es judicial?

 

Las respuestas rondan a la noción de “cultura jurídica” que nos acompaña desde tiempos coloniales, que privilegia prácticas, rituales y concepciones no cuestionadas ni racionalizadas ni con el transcurso de la independencia, la vida republicana o la misma refundación del Estado.

 

Tomó cerca a 180 años convencer a sectores del gremio de jueces, abogados y burócratas eliminar el uso del papel sellado y posteriormente promover normativa que garantice una práctica forense más eficiente y genuinamente gratuita. Todavía, sin embargo, la cultura de la sospecha, el resguardo documental y el escaso valor del principio de la “buena fe” o de las presunciones de legalidad e inocencia, sostienen la exigencia de presentación de copias o fotocopias de documentos que inútilmente se acumulan en archivos, encarecen y dilatan los trámites de toda índole.

 

Subsisten trámites “judicializados” que afectan a los ciudadanos, al Estado y a la tarea jurisdiccional de los mismos juzgados y que bien podrían transformarse en actuaciones más eficientes y efectivas. Por ejemplo, los trámites voluntarios de declaratorias de herederos, rectificaciones de partidas de registro o autorizaciones de viaje de menores consumen más del 60% del tiempo de los jueces. El ritualismo colonial es aun vigoroso en pleno siglo XXI.

 

Más relevante aun es la excesiva judicialización (y criminalizada) como instrumento de control gubernamental. Esta política tiende a confundir la finalidad de una efectiva fiscalización sobre resultados de gestión con otra de meros efectos sancionatorios, desvirtuados por un sistema penal, sustantivo y procesal desfigurado por la presión política, su propia ineficacia y la ausencia de garantías por el debido proceso. Las deficiencias en la gestión pública pueden encontrar algunas raíces en estas prácticas de judicialización excesiva.

 

Finalmente, (aunque pueden citarse muchos otros ejemplos) cabe reflexionar sobre la necesidad de forjar una genuina política por la “justicia”, en la que concurran miradas plurales hacia las todavía subsistentes prácticas de neo colonialismo, excesiva judicialización y otras que forman parte de una cultura jurídica todavía conservadora.

 

 

*          ERV es Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Boliviana, regional La Paz. Fue Presidente de la República y Presidente de la Corte Suprema de Justicia.

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