Por Lilian Loayza Ojeda * -.
A un poco más de año de conocerse sobre la existencia de los primeros casos confirmados de Covid-19 en nuestro país, los efectos ocasionados por la pandemia se han dejado sentir desde distintos ámbitos y desde las diversas realidades sociales; profundizándose problemas estructurales existentes en el mundo entero, afectando de manera más significativa a la población más vulnerable.
Evidentemente, Bolivia no quedó al margen de esta situación, además de que venía arrastrando los efectos y consecuencias de un golpe de Estado, se encontraba el mal manejo del país en manos de un gobierno de facto y el deterioro de la actividad económica tras la implementación de una cuarentena rígida que, por más de dos meses, quitó a muchos la posibilidad de llevar el sustento a sus familias; se dejó de generar ingresos, lo cual repercutió de forma negativa en los distintos agentes económicos, empresas, familias y, por supuesto, también en el Estado.
Ante lo expuesto, la brecha de desigualdad existente entre pobres y ricos sin duda se amplió, agudizando las diferencias basadas netamente en los ingresos y en la posesión de patrimonio, no solo en el país, sino a nivel mundial. En antiguas publicaciones, el Banco Mundial (BM) manifestaba que alrededor de 100 personas en el mundo controlaban la misma cantidad de riqueza que los tres mil 500 millones más pobres del planeta, estas cifras deben ser mucho mayores tras la crisis económica que vive el mundo en la actualidad.
Tras dicha crisis, una de las preocupaciones que surgió a nivel internacional fue la implementación de medidas que permitan a los países no solo coadyuvar a mejorar su economía, sino igualmente a reactivar el empleo, remontar la actividad empresarial y a su vez generar ingresos para el Estado, a fin de que este pueda cumplir con sus obligaciones. Al respecto, organismos internacionales se pronunciaron lanzando alternativas útiles para conseguir el objetivo y dentro de las propuestas más comunes se señaló la implementación de un impuesto a la riqueza y otras medidas de ajuste tributario de corto plazo; es así que países como Colombia, Uruguay y Argentina, además de Bolivia, consideraron dicha proposición.
En diciembre de 2020 se promulgó en Bolivia la Ley No. 1357, que crea el Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF), apuntando a captar recursos de quienes más tienen para distribuirlo entre quienes se encuentran en una condición menos aventajada; este impuesto tiene como contribuyentes a 150 personas naturales (según una primera estimación), y no a empresas, como erróneamente se ha comentado; su implementación responde a las necesidades financieras del Estado, sin embargo, no es una norma aislada o efectuada en perjuicio de los emprendedores del país, sino en pro de las personas más afectadas tras la crisis económica; junto con contemplarse en la norma los mecanismos de control que permitan detectar a los evasores.
Por otro lado, la estimación de la recaudación a ser percibida por el fisco tras su implementación debe ser considerada como una cifra aproximada y no así como un dato cerrado; asimismo, de acuerdo a las tasas fijadas, la contribución en función a la fortuna personal es pequeña y realizada de forma anual, el desincentivo con relación a la inversión es discutible por las particularidades del impuesto como tal, destacando que es importante considerar el otro lado de la moneda, pues el efecto causado por la pandemia es mucho más perverso para las personas que se encuentran en niveles de pobreza o extrema pobreza. En tal sentido, el Estado, preservando uno de sus roles, debe velar por esta población que nadie menciona a la hora de exponer sus críticas, promoviendo la equidad y la redistribución del ingreso; por tanto, el pago realizado por los contribuyentes del IGF, comparado con lo que esos recursos significarán para la mayoría de las personas a las cuales van destinados los mismos, constituye un mecanismo de progresividad del sistema tributario, que, dicho de una forma más popular, vendría a ser como quitarle “un pelo al gato”.
Bajo ese contexto, la pregunta que nos surge es: ¿resulta una ventaja o una desventaja el IGF? Lógicamente dependerá de la posición en la que uno se encuentre: si está del lado de los interesados demagógicamente en preservar sus privilegios y sus acaudaladas fortunas intactas ante una situación nacional complicada, o si se encuentra en el lugar de los muchos pobres que se beneficiarán de esos ingresos a través de las acciones del Estado.
* Economista
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