Brasilia-. El ministro Gilmar Mendes, decano de la Corte Suprema de Brasil, decidió suspender las acciones en la Justicia que tratan hoy de la ley del llamado marco temporal de las tierras indígenas, aprobado por el Parlamento.
Mendes estableció, asimismo, iniciar un proceso de conciliación respecto al reconocimiento, demarcación y uso de las posesiones nativas en el país.
Determinó que entidades que entraron con recursos en el Supremo Tribunal Federal (STF) con respecto al asunto, deberán presentar, en 30 días, «propuestas en el contexto de un nuevo enfoque del litigio constitucional discutido en las acciones».
En tal sentido, el juez aludió a partidos políticos, al presidente Luiz Inácio Lula da Silva, a los titulares de la Cámara de Diputados y del Senado, y a la Procuraduría General de la República (PGR).
La providencia de Mendes será llevada para apreciación de los demás 11 ministros del Supremo.
Al respecto, Mauricio Terena, coordinador jurídico de la Articulación de los Pueblos Indígenas de Brasil (APIB), criticó el fallo.
Señaló que el juez tardó en abordar el tema e, incluso con el auto, siguió sin analizar el fondo de la cuestión y ni siquiera reconoció la decisión del propio STF, que en 2023 derrumbó la tesis del polémico marco temporal.
La ley que trata del marco temporal fue promulgada en diciembre por el timonel del Senado, Rodrigo Pacheco, después que Congreso Nacional derrocó los vetos de Lula al proyecto.
Tal medida fue una victoria de la bancada ruralista, que sostiene que esa medida sirve para resolver disputas por tierra y dar seguridad jurídica y económica.
Partidos como Socialismo y Libertad, y Red, además de la APIB, presentaron pedidos al Supremo para suspender la ley que instituye la teoría transitoria para la circunscripción de dominios nativos.
El texto fue aprobado por el Legislativo tras la articulación del sector rural como respuesta a la decisión del STF que juzgó inconstitucional la tesis de que deben ser demarcados los territorios, considerando la ocupación originaria en 1988, fecha de la promulgación de la Constitución.
Los partidos y la APIB demandan en la acción que la ley fuera declarada inconstitucional y tuviera «la interpretación conforme a la Constitución de 1988 a los artículos 231 y 232, que los derechos territoriales de los pueblos indígenas son fundamentales y por lo tanto cláusulas pétreas».
También las organizaciones políticas sugirieron, como medida cautelar, la suspensión de la ordenanza hasta el juicio definitivo del STF sobre el caso.
La PGR pidió el 11 de abril que el Supremo suspenda inmediatamente diversos fragmentos de la ley.
El procurador general, Paulo Gonet, defiende que sean invalidadas las normas que posibilitan la ocupación, el dominio, la posesión y la explotación de tierras indígenas y de las riquezas en ellas presentes por terceros no aborígenes.
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