febrero 18, 2025

Condena legal contra acosadores de las mujeres en ámbitos políticos

Luego de más de una década las mujeres bolivianas lograron la aprobación de la Ley contra el acoso psicológico, moral o la violencia machista ejercida contra las mujeres en ámbitos políticos. Prácticas a las que permanentemente se han apelado para socavar la dignidad de las mujeres incluso llegando al asesinato, pasando por los vejámenes y la descalificación permanente, para desestabilizarlas psíquicamente y obligarlas a renunciar, a pesar de contar con legitimidad y mandato popular.

Y es que el patriarcado como estructura estructurante de nuestro andamiaje estatal a lo largo de centurias ha justificado las violencias contra las mujeres en todos los ámbitos, desde el privado, atentando contra la dignidad e integridad moral de las mujeres y siempre conllevó maltrato psicológico y abuso emocional, al grado de llegar al asesinato, como el ocurrido hace algunas semanas contra la Consejala alterna de Pichincha María Eugenia Macías Sacón, joven de tan sólo 25 años, que fue hallada muerta luego de varios días de desaparición y que a la fecha se desconocen los móviles del crimen o de Juana Quispe Apaza, concejala del municipio de Ancoraimes, cuyo cadáver fue encontrado en inmediaciones del río Orkojahuira, la División Homicidios de la fuerza anticrimen, dijo que probablemente el asesinato de la munícipe sea consecuencia de venganza de orden político, ya que Dña Juana, elegida por la agrupación ciudadana FSUTCLP-TK, interpuso recursos de amparo contra todos los concejales y el Alcalde, porque no se le permitía participar en las sesiones, denunciando abusos físicos y verbales.

La Ley Contra el Acoso y Violencia Política Hacia las Mujeres incluye artículos que tipifican como delito al hostigamiento ejercido contra los familiares cercanos de las autoridades y funcionarias del Estado. Reforma el Código Penal y establece penas por el delito de acoso político con cinco a ocho años de reclusión. El Art. 270 precisa el -Acoso político contra las mujer- como: Quien o quienes realicen actos de presión, persecución, hostigamiento y/o amenazas en contra de una mujer y/o de sus familiares, durante o después del proceso electoral, electa, designada o en el ejercicio de la función política-pública, que impida el ejercicio de su derecho político, será sancionado con pena privativa de libertad de dos (2) a cinco (5) años” y el Artículo 270 Ter. (Violencia política contra las mujeres). Quien o quienes realicen actos y/o agresiones físicas, psicológicas y sexuales en contra de mujeres candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la función política-pública y/o en contra de sus familiares, para acortar, suspender e impedir el ejercicio de la función política-pública, será sancionado con pena privativa de libertad de tres (3) a ocho (8) años”.

Lamentablemente la lucha y demanda de las mujeres contra el acoso político no pudo evitar la muerte reciente de dos mujeres, los vejámenes a los que se vieron sometidas cientos de mujeres representantes legítimas y elegidas con voto popular, las agresiones lascivas y hostigamientos violentos diversos contra la dignidad de concejalas, periodistas e incluso de ministras, agresiones festejadas por correligionarios partidarios como despliegue de poder machista, pero atentatorias contra la dignidad y los derechos humanos.

*          Periodista y feminista queer

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