La Paz-. (ABI).- El Ministerio de Trabajo aprobó el reglamento del incremento salarial 2024, que dispone que el retroactivo debe ser pagado hasta el 31 de mayo y los empleadores deben entregar sus planillas que lo certifiquen hasta el 30 de junio.
“El pago debe ser efectivizado a los trabajadores hasta el 31 de mayo, y damos el mes de junio solo para que (los empleadores presenten) los documentos que certifiquen el pago”, dijo la ministra de Trabajo, Verónica Navia, en conferencia de prensa.
La cartera de Estado elabora y publica el reglamento respectivo para efectivizar el pago del incremento salarial, su retroactivo y el control del mismo.
El reglamento, aprobado por resolución 521/2024 del 09 de mayo de 2024, está publicado en la página web del Ministerio de Trabajo.
“Ya es un reglamento oficial para que la parte empleadora, principalmente, pueda acudir y fijarse las fechas de presentación de los documentos hasta el 30 de junio, los documentos que certifiquen el pago del salario con el incremento retroactivo a enero”, remarcó la autoridad.
Señaló que la parte empleadora debe presentar tres documentos: el formulario de Declaración Jurada del incremento salarial a través de la Oficina Virtual de Trámites (OVT), la planilla retroactiva del incremento salarial al 1 de enero de 2024 y, además, el convenio colectivo que fija el incremento salarial.
Navia aclaró que el incremento del 3% al haber básico es una base que debe ser acordada entre los empleadores y trabajadores, y el aumento salarial podría ser mayor a este porcentaje.
El Gobierno nacional aprobó un incremento salarial de 5,85% al mínimo nacional y de 3% al haber básico.
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