abril 24, 2026

Declaran nulo protocolo antipiquetes impulsado por Bullrich en Argentina que impedía protestas

Desde el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 11, declararon nulo el lunes el protocolo antipiquetes de la exministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich contenido en la Resolución 943/23 del Ministerio de Seguridad.

La decisión del juez federal Martín Cormick, titular de dicho juzgado, hizo lugar a un amparo presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales y otras organizaciones de derechos humanos y sindicales.

El protocolo fue puesto en marcha en diciembre de 2023 por la actual senadora nacional, antes ministra de Seguridad. Dicha medida establece que cualquier manifestación que interrumpa el tránsito constituye un delito en flagrancia, lo que habilita la actuación de las fuerzas de seguridad para desalojar o dispersar la protesta.

Las movilizaciones y la influencia colectiva propició la presión sobre la inconstitucionalidad del protocolo al entender que atenta de manera directa contra el derecho a la protesta, a la libertad de expresión, de petición y de reunión, garantizados en la Constitución Nacional y en tratados internacionales sobre derechos humanos.

El magistrado, entre otros puntos, señaló que en este caso “bajo el ropaje de un Protocolo interno, y por medio de una Resolución Ministerial” se regulan derechos constitucionales y convencionales, tales como “el derecho a peticionar a las autoridades (artículo 14 de la Constitución), y el derecho de reunión (artículo 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)”, los cuales sólo pueden ser regulados “por ley emanada del Congreso Nacional”.

Por su parte, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), declaró que el Ministerio de Seguridad legisló a través de una resolución para restringir al máximo el derecho a la protesta, pasando por encima del Congreso y también del Poder Judicial”.

Asimismo el ente declaró que “el juez sostuvo que con el pretexto de ordenar el tránsito y darle ‘instrucciones a la policía’, la resolución se excede tanto que llega a modificar las leyes penales y orgánicas de la policía porque también modifica leyes procesales”.

“En este proceso para pedir la inconstitucionalidad del protocolo se presentaron sindicatos, partidos políticos, movimientos sociales, pueblos indígenas, organizaciones de derechos humanos, ambientalistas y muchos más. Es un triunfo colectivo”, argumentó CELS.

En esta línea, Loreti, quien también es profesor titular de Derecho a la Comunicación (FSC UBA) marcó que el protocolo, según este fallo, “no solo es desproporcionado e irrazonable, sino ilegal y se autoatribuye facultades legislativas”.

El impacto del protocolo quedó reflejado en cifras levantadas por CELS, donde se registraron 1.399 manifestantes heridos desde su aplicación, con 750 casos en 2024 y 649 en lo que va de este año.

La aplicación del esquema represivo tuvo uno de sus focos más visibles en las marchas de jubilados de los miércoles, donde se reprimió a personas mayores, trabajadores, periodistas, reporteros gráficos y personas con discapacidad.

Un hecho muy visible fue la fractura de cráneo sufrida por el fotógrafo Pablo Grillo quien aún lucha por su recuperación tras la perversidad de la policía argentina.

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