
La Paz-. El expresidente de Bolivia Evo Morales aseguró que hoy La Paz tiene “un gobernador de facto”, tras la decisión de una sala constitucional que negó la razón al recurso presentado por el excandidato René Yahuasi.
Se “consolidó un asalto a la democracia”, sostuvo el primer exmandatario indígena del país andino amazónico.
Advirtió que “con la complicidad de algunos malos vocales electorales y constitucionales, el gobierno -derrotado en las urnas de las subnacionales- consolidó su asalto a la democracia: La Paz tendrá un gobernador de facto, rechazado por el 80 por ciento de los paceños”.
Morales consideró en sus redes sociales que no se trata de defender a un candidato sino de exigir el cumplimiento del derecho constitucional y democrático de elegir a las autoridades a través del voto y no mediante resoluciones o “sentencias de jueces prevaricadores”.
Opinó el exdignatario que con esa decisión judicial no solo se “proscribe” a candidatos indígenas, sino también a los electores.
“Bolivia está gobernada por un régimen neocolonial que quita los derechos a las mayorías. No solo proscribe candidatos indígenas sino proscribe a los electores. Por eso al pueblo solo le queda seguir en la lucha (…)”, indicó en su cuenta de X.
Enfatizó Morales en que, jamás una ley (la 026/2026) puede estar por encima de la Constitución o de una Convención Internacional.
“Tarde o temprano, el TSE y la Sala Constitucional de La Paz, estarán en el banquillo de los acusados por pisotear las leyes y los derechos humanos”, concluyó el expresidente.
La Sala Segunda Constitucional del Tribunal Departamental de La Paz rechazó este jueves la tutela sobre la acción de amparo constitucional presentada por el excandidato René Yahuasi, con lo cual Revilla quedó ratificado en el más alto cargo ejecutivo del departamento paceño.
“No corresponde conceder la tutela solicitada. La Sala Constitucional resuelve denegar la tutela solicitada por René Yahuasi, al no haber evidenciado la vulneración de sus derechos a la participación política”, afirma el veredicto.
Antes de la determinación, una fuente de esa sala sostuvo que el TSE al emitir el auto TSE-RST número 064/2026, en el que ratificó la exclusión de Yahuasi de la segunda vuelta, no actuó de manera arbitraria, sino que aplicó la remisión de su normativa.
Igualmente, el texto presentado señala que la inconformidad del accionante «exterioriza en lo sustancial un desacuerdo con el alcance de la normativa aplicada y con sus consecuencias dentro del proceso electoral».
Finalmente, argumenta que “no se evidencia falta de motivación, fundamentación, congruencia o valoración razonable con la intensidad necesaria para comprometer el proceso o la tutela judicial».


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