febrero 18, 2025

Entre las nacionalizaciones y los contratos a empresas extranjeras

Después de la nacionalización de la empresa española encargada de la transportación de electricidad y de los acuerdos del gobierno con la Repsol, no se puede dejar de considerar dos aspectos. Uno referido a las posibles nacionalizaciones que pueden darse en el futuro y, dos, las cláusulas que deberían incluir los contratos con las empresas extranjeras.

Las nacionalizaciones pueden ser efectivas cuando existe un marco regulador sólido asentado en un marco jurídico bien definido que se aplique tanto a las empresas públicas como privadas y, especialmente, si son monopolios. Asimismo, las normas que rigen a estas empresas deben definir los estándares de funcionamiento corporativo así como de gobernabilidad y gobernanza. No obstante, observando la experiencia actual boliviana me parece que se debería encaminar a las empresas nacionalizadas hacia alianzas con intereses privados que puedan reforzar las debilidades técnicas que exhiben las nacionalizadas.

En general las nacionalizaciones que se han dado en Bolivia han retardado la expansión de la infraestructura. La posible excepción es la nacionalización de la empresa de telecomunicaciones porque ha permitido que se mantenga la competencia de la estatal con otras dos privadas y se ha logrado un gran crecimiento en la cobertura del servicio telefónico y de celulares. No obstante, el ya debilitado marco regulador que existía antes de la nacionalización ha sido aún más restringido en su labor de supervisión, regulación y control al convertir las anteriores superintendencias en dependencias directas de los ministerios del sector. Más aún, la empresa estatal controla monopólicamente la banda ancha para el servicio de celulares y actúa como mayorista para las otras dos empresas privadas.

En el sector eléctrico es posible que la empresa nacionalizada sea la que peor funcionamiento ha tenido. Los apagones, que se consideraban algo superado, han vuelto a ser algo frecuente desde octubre del año pasado y recién la empresa estatizada habló de expandir la capacidad de generación. Son varias las empresas privadas (en la fabricación de azúcar o cemento, por ejemplo) que poseen sus propios generadores y otras expresan su imposibilidad de expandir sus operaciones o aumentar turnos por la incertidumbre en el abastecimiento de energía eléctrica. Aparte hubo fallas técnicas en manejo de un sistema de ciclo combinado (gas y vapor de agua) que ahondó en Bolivia la crisis en la generación.

La elaboración de “buenos” contratos pueden ayudar para prevenir nacionalizaciones como las que se han dado en Argentina y Bolivia últimamente. Si bien existen aspectos que la realidad cambiante puede incorporar en las consideraciones para una nacionalización y el contrato, por definición política, pierda de facto su vigencia, hay muchos aspectos que deben ser considerados para que el Estado, la población de un país y la empresa extranjera puedan beneficiarse de la inversión realizada. Incluso se deben incluir aspectos referidos a las condiciones en que se pueden dar las nacionalizaciones. Particularmente se deben establecer las situaciones de renegociación de los contratos cuando los precios internacionales afectan a los precios internos. Este es el caso con los precios de los hidrocarburos en Argentina y Bolivia que ahora están subvencionados en elevadas proporciones. En Bolivia hay un precio mucho menor que el precio internacional que se paga a las empresas extranjeras por la producción de petróleo que entregan a la empresa estatal para su procesamiento. Esta vende gasolina en un precio subvencionado. La caída de la exploración y explotación de petróleo por parte de las empresas extranjeras es notable. No existe, sin embargo el mecanismo contractual para fijar un nuevo precio del petróleo ni la forma de obligar a las empresas que realicen las inversiones para aumentar la producción de petróleo.

En este sentido, los contratos deben establecer la obligación de otorgar información actualizada y certificada (mediante auditorias contables y técnicas) de sus operaciones y de costos de operación, así como de ventas, ingresos, utilidades, pago de dividendos y otros indicadores de desempeño. También los contratos deben prever que sanciones se darán a las empresas en caso de incumplimiento de estas exigencias donde la meas seria de las sanciones debe ser la nacionalización o el cambio de empresa concesionaria. Para el caso del Estado, cuando se producen las nacionalizaciones, por lo que se está dando en Bolivia, las nacionalizaciones salen muy costosas y los arbitrajes a los que están sujetos estos contratos superan cualquier cifra que el Estado anuncia. En este sentido las nacionalizaciones en Bolivia no han sido el gran negocio para el Estado, sino todo lo contrario.

Un buen diseño de las concesiones puede prevenir renegociaciones innecesarias, puede mejorar el desempeño del sector y puede ayudar a identificar y asignar mejor los riesgos. Si bien es cierto que las renegociaciones son inevitables en algunas ocasiones, los contratos deberían indicar claramente los motivos que las justificarían y contener orientaciones sobre el proceso y los resultados. En los contratos deberían especificarse también las circunstancias que darían lugar a ajustes de las tarifas y el alcance de esos ajustes

Adicionalmente, entre otros aspectos de normativa contable que se deben incluir, los contratos deberían especificar la información que los concesionarios habrán de facilitar periódicamente. Una reglamentación eficaz requiere información fiable y estandarizada sobre las empresas reguladas, con inclusión de los costos, ingresos, precios, inversiones e indicadores de desempeño y resultados. Con demasiada frecuencia, los contratos no han contenido indicaciones precisas sobre esas necesidades, y los datos generados han sido, en demasiados casos, de mala calidad, o se han presentado de forma incoherente.

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